Comunidades de propietarios - 04.05.2021

Las comunidades de propietarios ya pueden celebrar juntas telemáticas

En este año de pandemia se han dejado de celebrar más de un millón de juntas de propietarios, lo que ha conllevado problemas como la paralización de obras en los edificios.

El pasado día 4 de Mayo de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto por el que se vendió, entre otras, medidas extraordinarias a las juntas de propietarios de las comunidades en régimen de propiedad horizontal hasta el 31 de diciembre del 2021.

Pese a que indica que no es necesario celebrar la junta general ordinaria y quedan automáticamente prorrogados los presupuestos y cargos vigentes, indica expresamente que la junta de propietarios podrá reunirse a solicitud del presidente o de la cuarta parte de los propietarios si fuera necesario la adopción de un acuerdo que no pueda demorarse hasta esa fecha, como la aprobación o ejecución de obras, actuaciones e instalaciones que sí requieran acuerdo de la junta. Lo que facilita que las comunidades de propietarios se adapten sin problemas a las fechas fijas por el Gobierno para el cumplimiento del Real Decreto 736/2020 por el que se regula la obligación de los usuarios finales de calefacción y refrigeración de instalar contadores individuales .

También permite que las juntas puedan celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todos los propietarios dispongan de los medios necesarios, y la posible adopción de acuerdo sin celebración de junta mediante la emisión de voto por correo postal o comunicación telemática.

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